Santo Domingo. – La Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y Municipios faculta al presidente Luis Abinader para elegir al alcalde o alcaldesa y vicealcalde o vicealcaldesa cuando ambos cargos queden vacantes, como ha sucedido en el cabildo de La Vega.
El artículo 64 de la normativa establece que, si se produce una vacante en el cargo de síndico/a, el vice síndico/a asumirá el cargo, prestando juramento ante el concejo municipal en sesión extraordinaria convocada para tal efecto.
El Párrafo I indica: «Si no hubiera vice síndico/a, el presidente/a del concejo municipal se dirigirá al presidente de la República para que proceda a su designación conforme al procedimiento establecido en la Constitución de la República».
Tras la designación del alcalde Kelvin Cruz como Ministro de Deportes, presentó su renuncia formal, dejando el puesto a disposición de la vicealcaldesa Amparo Custodio, quien también declinó al cargo.
Amparo Custodio declaró que no se prestará a «despojar a los perremeístas, ni a los munícipes de La Vega, del cargo que escogieron y legítimamente les corresponde».
La situación deja ambas posiciones vacantes, y el presidente Abinader deberá designar a los nuevos ocupantes de la alcaldía y vicealcaldía de La Vega según lo estipulado por la ley.












