Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional (TC) rechazó por inadmisible una acción de inconstitucionalidad contra la décima disposición transitoria de la Constitución, que prohíbe al presidente electo en 2024 postularse nuevamente en 2028. La sentencia TC/0407/25 concluye que no es posible impugnar disposiciones del propio texto constitucional, ya que la Constitución no puede ser contraria a sí misma.
La decisión fue adoptada por mayoría, con un voto disidente de la magistrada Alba Luisa Beard Marcos, quien argumentó que debía evaluarse un posible conflicto entre dicha disposición y derechos fundamentales como la igualdad y el derecho a ser elegido. También se incluyó un voto salvado del magistrado Manuel Ulises Bonnelly Vega, quien reconoció la inadmisibilidad pero advirtió que el TC sí podría actuar en casos donde se vulnere el procedimiento constitucional.
El recurso fue presentado por el ciudadano Aquiles Jiménez Fernández y buscaba habilitar una eventual reelección del presidente Luis Abinader en 2028, lo que queda descartado con esta decisión.
El ministro José Ignacio Paliza celebró el fallo y destacó que fortalece la institucionalidad democrática del país.












