La Junta Central Electoral (JCE) reiteró su advertencia a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a sus militantes y ciudadanos, sobre la prohibición de realizar actividades proselitistas antes de los plazos establecidos por la ley.
El órgano electoral recordó que cualquier tipo de consulta interna, anuncio público de aspiraciones o cualquier otra modalidad para definir precandidaturas o candidaturas está prohibida hasta que inicien los plazos legales.
La JCE enfatizó que su rol es asegurar la equidad en la contienda interna de los partidos, evitando ventajas indebidas para ciertos aspirantes. Permitir la definición anticipada de candidaturas generaría desigualdad, perjudicando a otros interesados en postularse cuando se abra el período oficial.
Por ello, insistió en que todos los aspirantes deben contar con igualdad de oportunidades para estructurar sus proyectos políticos y recabar apoyos.
Según la Ley 20-23 y la Ley 33-18, la precampaña electoral para las elecciones de 2028 comenzará el primer domingo de julio de 2027 y finalizará con la escogencia de candidaturas. La campaña oficial iniciará con la proclama de la JCE, emitida a más tardar 70 días antes de los comicios.
El incumplimiento de estas disposiciones acarrea sanciones. El artículo 78, numeral 8, de la Ley 33-18 establece que los aspirantes que realicen campaña antes de tiempo serán sancionados con la inadmisibilidad de su candidatura, lo que les impediría participar en las elecciones.
La JCE advirtió que cualquier promoción política fuera de los plazos legales podría afectar la validez de las candidaturas. Reafirmó su compromiso de aplicar estrictamente las sanciones establecidas para garantizar la equidad, transparencia y el respeto a la normativa electoral.












