Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) recordó este miércoles a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a la ciudadanía en general, que conforme a la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral y la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, los periodos de precampaña y campaña para las elecciones generales de 2028 aún no han comenzado.
A través de un comunicado, la JCE advirtió que no está permitida la realización de actos proselitistas en favor de ningún candidato, candidata o entidad política en este momento. Asimismo, instó a los líderes de los partidos políticos y a la ciudadanía a actuar con responsabilidad y respetar las reglas establecidas para garantizar un ambiente electoral ordenado y conforme a la legalidad.
El comunicado también recordó que el periodo de precampaña para las elecciones de 2028 comenzará el primer domingo de julio de 2027 y finalizará con la escogencia de las candidaturas. La campaña electoral, por su parte, iniciará oficialmente con la proclama de la JCE, que deberá emitirse a más tardar 70 días antes de los comicios.
Como autoridad encargada de supervisar el proceso electoral, la JCE subrayó que se aplicarán sanciones a quienes infrinjan estas disposiciones, conforme al artículo 308 de la Ley No. 20-23 y al artículo 78 de la Ley No. 33-18. Estas sanciones incluyen multas y otras medidas legales para aquellos que realicen actos de precampaña o campaña fuera de los plazos establecidos.
La Junta Central Electoral recuerda a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y a la ciudadanía que, conforme a la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral y la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, los periodos de precampaña y campaña aún no han iniciado. Por lo tanto, no está permitida la realización de actos proselitistas en favor de ningún ciudadano, ciudadana o entidad política.
Hacemos un llamado a los líderes y lideresas de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a quienes participan y/o dirigen este tipo de actos y a la ciudadanía en general, a actuar con responsabilidad y compromiso democrático, respetando las reglas establecidas y contribuyendo a un ambiente electoral basado en el sosiego social y político, el orden, la integridad y la legalidad.
En ese sentido, resulta fundamental recordar que, para las elecciones generales de 2028, el periodo de precampaña comenzará el primer domingo de julio de 2027 y concluirá con la escogencia de las candidaturas. La campaña electoral, por su parte, iniciará formalmente con la proclama que emitirá la Junta Central Electoral, a más tardar 70 días antes de los comicios.
Como órgano rector del proceso electoral, la Junta Central Electoral tiene el deber de garantizar el respeto a la ley y velar por el cumplimiento de las disposiciones que regulan los tiempos y condiciones de la precampaña y la campaña. Por ello, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 308, numerales 4 y 5, de la Ley 20-23, y en el artículo 78, numeral 8, de la Ley 33-18, a quienes infrinjan estas normas mediante la realización de actos previos de precampaña y campaña.












