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Diputados piden al TC respetar la Constitución sobre el aborto

Redacción Entérate A Tiempo
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3:02 PM | miércoles, 1 julio, 2026
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Santo Domingo. Diputadas y diputados provida del Congreso Nacional exhortaron al Tribunal Constitucional (TC) a respetar la Constitución de la República al conocer la acción directa de inconstitucionalidad que busca anular los artículos del nuevo Código Penal relacionados con el aborto e incorporar, mediante una sentencia, causales que fueron debatidas y rechazadas por el Poder Legislativo.

Los legisladores advirtieron que el plantea un escenario de alta relevancia institucional, al considerar que no se limita a cuestionar la constitucionalidad de determinadas disposiciones, sino que pretenden que el Tribunal Constitucional asuma funciones legislativas al modificar el contenido del Código Penal.

«El Tribunal Constitucional está llamado a garantizar la Constitución, no a legislar desde una sentencia. La definición de los delitos, las penas y las eximentes corresponden al Congreso Nacional, no a un fallo judicial», afirmaron.

Los congresistas sostuvieron que la Ley núm. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal, se ajusta plenamente a la Constitución y desarrolla el contenido obligatorio en el artículo 37, el cual establece que el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte.

«La vida desde la concepción no es una opinión religiosa, partidaria ni ideológica. Es una decisión constitucional adoptada soberanamente por la nación dominicana y obliga a todos los poderes públicos», expresaron.

Emergencias médicas y protección de la vida

Los diputados señalaron que el Código Penal no desconoce las emergencias médicas, al recordar que el artículo 111 contempla una eximente para el personal de salud cuando sea necesario intervenir para salvar la vida de la madre, del feto o de ambos, siempre que se hayan agotado los medios científicos y técnicos disponibles.

«Ningún médico será perseguido en la República Dominicana por salvar la vida de una mujer. La ley contempla la necesidad vital. Lo que no permite la Constitución es convertir esa excepción estricta en una puerta abierta para despenalizar el aborto», indicaron.

Cuestionan las causas propuestas.

En su pronunciamiento, los legisladores argumentaron que la causal de salud, planteada por los accionantes, resulta jurídicamente indeterminada, ya que podría interpretarse de manera amplia —incluyendo aspectos físicos, psicológicos, emocionales o sociales— y, a su juicio, terminar debilitando la protección constitucional de la vida.

Respecto a la causal por inviabilidad fetal, afirmaron que admitirla implicaría establecer diferencias entre vidas humanas según su condición, pronóstico médico o expectativa de supervivencia, lo que consideraron incompatible con los principios de dignidad e igualdad consagrados en la Constitución.

Sobre los casos de violación, agresión sexual o incesto, reconocieron la necesidad de brindar protección integral a las víctimas mediante atención médica, apoyo psicológico, protección social y una efectiva persecución penal contra los agresores. Sin embargo, sostuvieron que el concebido no puede ser considerado responsable del delito cometido.

«El violador debe ser perseguido y castigado con todo el peso de la ley. La víctima debe ser protegida, acompañada y reparada. Pero el concebido no es el agresor y no puede ser tratado como responsable de un crimen que no cometió», manifestó.

Defienden la competencia exclusiva del Congreso

Los diputados insistieron en que las eximentes penales constituyen normas sustantivas cuya creación corresponde exclusivamente al Congreso Nacional, por lo que consideraron que establecer nuevas causales mediante una sentencia violaría los principios de legalidad penal, reserva de ley, separación de poderes y democracia representativa.

Asimismo, señaló que los tratados internacionales invocados por los accionantes deben interpretarse en armonía con la Constitución dominicana y no utilizarse para desconocer el contenido del artículo 37 ni para crear un supuesto derecho al aborto que, según afirmaron, no está reconocido por la Carta Magna.

Recordaron, además, que la Cámara de Diputados emitió una opinión institucional respaldando la constitucionalidad de la Ley núm. 74-25, tanto en el procedimiento de aprobación como en el contenido de los artículos impugnados.

Finalmente, reafirmaron su compromiso con la defensa de la vida, la dignidad humana, la protección de las mujeres víctimas de violencia y el respeto al orden constitucional.

«Defensor estos artículos del Código Penal es defensor la vida, pero también es defensor la Constitución, la separación de poderes y la facultad soberana del pueblo dominicano de dictar sus propias leyes a través del Congreso Nacional», concluyeron.

Los legisladores reiteraron que, a su juicio, el Tribunal Constitucional debe limitarse a ejercer el control de constitucionalidad y no sustituir la función legislativa del Congreso mediante decisiones judiciales.

 

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